Ganancia mínima presunta
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2 de diciembre de 2009
¿Se puede cancelar el saldo de la declaración jurada de los impuestos a las ganancias y a la ganancias mínima presunta y sus anticipos con el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios? ¿Cuál es la normativa aplicable?
El 34% del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios cobrados por las acreditaciones bancarias puede ser utilizado como pago a cuenta del saldo de la declaración jurada de los impuestos a las ganancias y a la ganancias mínima presunta y mediante compensación para cancelar los anticipos de los citados impuestos (artículo 13 del Decreto Nº... >
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2 de diciembre de 2009
,por Santos Romero, Analía
Finalmente, el Poder Legislativo dispuso la prórroga de los impuestos a las ganancias, a las ganancias mínima presunta y sobre los bienes personales, entre otros.
La medida se dio a conocer a través de la [Ley Nº 26.545->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article41144] (B.O. del 02/12/2009).
Impuestos prorrogados:
- Impuesto sobre los bienes personales: Se prorroga su vigencia hasta 31 de diciembre de 2019, inclusive, con efectos a partir del período fiscal 2010, inclusive.
- Impuesto a las ganancias: Se prorroga su vigencia hasta 31 de diciembre de 2019,... >
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16 de noviembre de 2009
Con el importe del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios, ¿qué impuestos se pueden pagar? ¿Se puede utilizar para pagar aportes y contribuciones?
El 34% del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios correspondiente a las acreditaciones bancarias puede ser computado como pago a cuenta del saldo de la declaración jurada de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y el fondo para la educación y promoción cooperativa. Asimismo, puede utilizarse para cancelar los anticipos de dichos impuesto mediante compensación. >
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5 de noviembre de 2009
¿Un contribuyente que tiene un local de venta de ropa minorista está alcanzado por el impuesto a la ganancia mínima presunta?
De conformidad con lo establecido por el artículo 2º de la Ley de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, son sujetos del impuesto las empresas o explotaciones unipersonales ubicadas en el país, pertenecientes a personas domiciliadas en el mismo. El contribuyente deberá tributar el impuesto cuando el valor de los bienes del activo gravado en el país cuyo valor en conjunto, determinado de acuerdo con las normas de esta ley, sea superior a $ 200.000. >
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4 de noviembre de 2009
En el caso de una sociedad anónima que cierra ejercicio en junio, ¿le corresponde ingresar 11 anticipos equivalentes al 9%? ¿Cuándo opera el vencimiento para el ingreso del primer anticipo?
¿El saldo a favor de la declaración jurada del impuesto a las ganancias sociedades se puede aplicar contra los anticipos de ganancia mínima presunta? De ser posible, ¿la compensación se hace por internet?
Las sociedades deben abonar por el impuesto a la ganancia mínima presunta 11 anticipos. El vencimiento del primer anticipo, para un cierre de ejercicio operado en el mes de junio, es... >
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4 de noviembre de 2009
En la liquidación del impuesto a la ganancia mínima presunta ¿pueden eliminarse del activo los rodados adquiridos y afectados a la actividad como bienes de uso en el año del alta y el siguiente? Los bienes de uso (inmuebles) afectados a la actividad principal si ya superaron el año de alta y el siguiente de su incorporación, ¿son computables para la liquidación?
De acuerdo a lo establecido por artículo 12 de la Ley de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, se consideran bienes no computables a los fines de la determinación del impuesto las inversiones en la... >
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4 de noviembre de 2009
El resultado del ejercicio es pérdida. Ganancias arroja saldo a favor por retenciones y anticipos y ganancia mínima presunta arroja saldo a pagar. En G.M.P., ¿en la pestaña Pagos a cuenta y anticipos. Impuesto a las Ganancias se puede descontar este saldo a favor de ganancias o aquí sólo se consigna como pago a cuenta si ganancias hubiera arrojado saldo a pagar?
En el ejercicio que se liquidada, el impuesto determinado de ganancias es pago a cuenta del impuesto a la ganancia mínima presunta. Si la declaración jurada de ganancias arrojó quebranto, el contribuyente debe... >
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Dictamen Nº 75/2007 (DI ATEC)
1 de noviembre de 2009
,por Crivella, Alejandro
{FIDEICOMISO INMOBILIARIO. Tratamiento frente al gravamen}
BOLETÍN Nº 131 (A.F.I.P./D.G.I.) - JUNIO DE 2008
PLANTEO:
Establecer el tratamiento que corresponde otorgar en el gravamen, a un fideicomiso constituido con el fin de construir viviendas que serán asignadas a familias de escasos recursos, quienes se constituyen en fiduciantes y beneficiarios conforme a las pautas fijadas en el contrato respectivo.
FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN:
Previo a abocarnos al análisis de la cuestión planteada, resulta oportuno describir brevemente las principales cláusulas... >
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Dictamen Nº 58/2007 (DI ATEC)
1 de noviembre de 2009
,por Crivella, Alejandro
{BASE IMPONIBLE DEL GRAVAMEN. Créditos. Impuesto a la ganancia mínima presunta ingresado, computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias}
BOLETÍN Nº 130 (A.F.I.P./D.G.I.) - MAYO DE 2008
PLANTEO:
Establecer cuál es el tratamiento que se debe dispensar a los fines de determinar la base imponible del gravamen, al crédito originado en el propio impuesto a la ganancia mínima presunta ingresado, susceptible de ser imputado en el futuro como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.
FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN:
... cabe recordar que a través de la... >
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19 de octubre de 2009
En el impuesto a la ganancia mínima presunta, la deducción que puede tomarse de $ 200.000 o el 25% de la valuación fiscal, el mayor de ambos, en el caso de inmuebles rurales ¿es por inmueble o sobre la totalidad de los inmuebles?
De conformidad con lo establecido por la Ley de Impuesto a la Ganancias Mínima Presunta, el valor determinado de cada inmueble se reducirá en el importe que resulte de aplicar el 25% sobre el valor fiscal asignado a la tierra libre de mejoras a los fines del pago del impuesto inmobiliario provincial, o en $ 200.000, el que resulte mayor. La... >
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20 de julio de 2009
¿Cuántos anticipos se deben ingresar a cuenta del impuesto a la ganancia mínima presunta? ¿Cuál es la base de cálculo de los anticipos? ¿Cómo se determinan los anticipos?
La cantidad de anticipos a ingresar depende del tipo de contribuyente de que se trate, a saber:
- Empresas o explotaciones unipersonales ubicadas en el país, pertenecientes a personas domiciliadas en el mismo, y las personas físicas y sucesiones indivisas, titulares de inmuebles rurales, en relación a dichos inmuebles: 5 anticipos.
- Demás responsables: 11 anticipos.
A fin de determinar la base de... >
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Aspectos Impositivos
1 de julio de 2009
,por Calabró, Horacio Miguel
1. INTRODUCCIÓN
Las asociaciones mutuales gozan de una amplia liberalidad tributaria dispuesta en la misma Ley Nº 20.631. Sin embargo, esta circunstancia no implica una ausencia total de las mutuales en el área impositiva. Muy por el contrario podemos observar como mínimo las siguientes obligaciones de carácter fiscal: [[{Para ampliar este tema se recomienda leer: Horacio Miguel Calabró ; “Dirección y Administración de Mutuales”, Aplicación Tributaria S.A..}]]
-* Inscripción ante los organismos de recaudación fiscal nacional y provincial (Administración Federal de... >
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5 de mayo de 2009
¿El saldo a favor de la declaración jurada del impuesto a las ganancias del período fiscal 2008 de una sociedad anónima (surge del pago de anticipos), se puede utilizar para compensar el pago de la declaración mínima presunta del período fiscal 2008? ¿De ser posible la compensación la misma se efectúa vía internet?
El saldo a favor de libre disponibilidad se puede compensar con el saldo a pagar de de ganancia mínima presunta. La compensación se realiza con el aplicativo de compensaciones y volantes de pago. Si es un contribuyente de las agencias 19 y 20 es obligatorio el... >
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23 de abril de 2009
Si un contribuyente tiene un campo por el cual percibe un alquiler, ¿dicho campo está alcanzado o exento en el impuesto a los bienes personales?
Según la Nota Externa Nº 5/2006, los inmuebles rurales inexplotados, arrendados o cedidos en alquiler y que pertenezcan a personas físicas están:
1) Alcanzados por el impuesto a la ganancia mínima presunta, en virtud de lo establecido en el artículo 2º, inciso e), de la ley del gravamen.
2) Exentos en el impuesto sobre los bienes personales, conforme a lo dispuesto en el artículo 21, inciso f), de la ley del tributo.
Libro... >
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17 de abril de 2009
,por Santos Romero, Analía
En virtud del impacto del régimen de exteriorización de bienes y moneda (“Blanqueo”) en la información consignada en las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, a la ganancia mínima presunta y en el fondo para la educación y promoción cooperativa correspondientes al período fiscal 2008 y 2009 –en este caso para los cierres de ejercicio operados en los meses de enero, febrero y marzo-, la Administración Federal de Ingresos Públicos otorgó un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas, en el caso de... >
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Sociedades. Casos Prácticos
1 de abril de 2009
,por Grenabuena, Silvia R.
1. INTRODUCCIÓN
En el mes de mayo se produce el vencimiento de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y a las ganancias mínima presunta de las sociedades que cierran su ejercicio comercial el 31 de diciembre.
Por ese motivo, en esta oportunidad desarrollaremos un caso práctico de cada uno de los impuestos. [[{Para ampliar este tema ver el libro: "Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta", Grenabuena, Silvia R. , Aplicación Tributaria S.A., 3º edición, 2009.}]]
2. IMPUESTO A LAS GANANCIAS
2.1. Vencimiento
La Resolución General Nº... >
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12 de febrero de 2009
,por Santos Romero, Analía
Mañana comienza a vencer el plazo para que las personas físicas y sucesiones indivisas, contribuyentes de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales lleven a cabo el ingreso del quinto anticipo a cuenta del tributo.
Teniendo en vista la proximidad del vencimiento, en exclusiva para ELEVE, la secretaria de redacción de Aplicación Tributaria S.A., Cdra. Analía Santos Romero, elaboró un informe con las condiciones y los requisitos que se deberán tener en cuenta a los efectos de proceder a la determinación y pago de dichos anticipos.... >
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3 de febrero de 2009
La declaración jurada del impuesto a la ganancia mínima presunta de una sociedad da un impuesto determinado, que restándole los anticipos pagados, arroja finalmente un saldo a favor del contribuyente. ¿Sobre qué monto se pagan los anticipos? ¿Cuántos son y con qué formularios se pagan?
El anticipo se calcula sobre la siguiente base: Impuesto determinado menos el pago a cuenta del impuesto a las ganancias del mismo ejercicio (artículo 11 R.G. Nº 2011). Sobre dicho importe se calculan los anticipos, que en el caso de sociedades son 11 del 9% cada uno. El anticipo mínimo para... >
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15 de enero de 2009
,por Santos Romero, Analía
La Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) fijó las fechas hasta las cuales los contribuyentes del impuesto a la ganancia mínima presunta, cuyos cierres de ejercicio hayan operado con posterioridad al 31 de diciembre de 2008, podrán ingresar los anticipos correspondientes a dicho período fiscal.
La medida fue dispuesta a través de la [Resolución General Nº 2532->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article29978&var_recherche=2532] (B.O. del 15/01/2009) y tiene por objeto prever plazos especiales para el ingreso de los anticipos del impuesto a la ganancia... >
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Ley Nº 25.413 y Decreto Nº 380/2001. Puntos Controvertidos
1 de enero de 2009
,por Carroza, Gerardo
1. INTRODUCCIÓN
Con la sanción de la Ley Nº 25.413 publicada en el Boletín Oficial del 24 de marzo de 2001 y su reglamentación a través del Decreto Nº 380/2001 (B.O. del 29/03/2001), se crea un impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, que comenzó con una alícuota del cuatro por mil (4‰), no tardando en llegar al límite máximo facultado al Poder Ejecutivo Nacional en artículo 1º de la mencionada norma que era el techo del seis por mil (6‰). El mecanismo de rendición de este impuesto, por parte de las entidades financieras que actúan como agentes de... >
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16 de diciembre de 2008
Ante una intimación de A.F.I.P. por falta de ingresos de los anticipos 1 a 9/2008, el contribuyente –sociedad– presentó la declaración jurada del año 2008 antes de su vencimiento para extinguir la obligación de los anticipos e ingresó los intereses resarcitorios correspondientes. Ahora recibió una nueva intimación por falta de ingreso del anticipo 10. ¿Esta obligación no está extinguida también o debe ingresar los intereses resarcitorios?
Si ya está presentada la DD.JJ. anual, el contribuyente no está obligado a abonar los anticipos de ese período fiscal. Pero si... >
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3 de noviembre de 2008
,por Santos Romero, Analía
A partir del 1º de noviembre, los contribuyentes y/o responsables deberán efectuar la solicitud de reducción de anticipos a través de la página web de la A.F.I.P..
Consecuentemente, los sujetos llevarán a cabo la opción de reducción ingresando con C.U.I.T. y Clave Fiscal al servicio “Cuentas Tributarias” y dentro de éste a la opción “Reducción de Anticipos”, en sustitución de la presentación del formulario F. 478 ante la dependencia del Organismo Fiscal, tal como lo prescribía la Resolución General Nº 327.
La medida fue dispuesta a través de la [Resolución... >
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1 de noviembre de 2008
,por Malvestiti, Daniel
Entre las novedades más llamativas se encuentra el giro al Senado de la prórroga del impuesto a la ganancia mínima presunta hasta el 30 de diciembre de 2009 en una sesión en la cámara baja que no tuvo debate y que el presidente de la Comisión de Presupuesto, Gustavo Marconato, redondeó sosteniendo que es un impuesto complementario del impuesto a las ganancias y que es un tema coparticipable.
Asimismo, resultó de importancia la noticia aparecida en distintos matutinos acerca de la opinión del Procurador General de la Nación, Dr. Esteban Righi, expedido en el marco del dictamen... >
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10 de junio de 2008
,por Santos Romero, Analía
A pesar de la prórroga dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) para la presentación de las declaraciones juradas, el próximo viernes comienza a vencer el plazo para que las personas físicas y sucesiones indivisas y las sociedades con cierre de ejercicio en diciembre, contribuyentes de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales lleven a cabo el ingreso del primer anticipo a cuenta del tributo.
Teniendo en vista la proximidad del vencimiento, en exclusiva para ELEVE , la secretaria de redacción de... >
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28 de mayo de 2008
,por Santos Romero, Analía
A pesar de la prórroga dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) para la presentación de las declaraciones juradas, el 13 de junio comienza a vencer el plazo para que las personas físicas y sucesiones indivisas y las sociedades con cierre de ejercicio en diciembre, contribuyentes de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales lleven a cabo el ingreso del primer anticipo a cuenta del tributo.
Teniendo en vista la proximidad del vencimiento, en exclusiva para ELEVE , la secretaria de redacción de... >
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